A propósito de Tiko Tiko, John Olliver y Bonil: caso de la revista Hustler vs. Jerry Falwell

Larry Flint es y será recordado por crear la revista Hustler de contenido destinado al “público adulto”. Quizás cuando inició sus andanzas editoriales no imaginó que estaría envuelto en un caso jurídico merecedor de estudio y comentarios por especialistas jurídicos de varias partes del mundo.

Corría el año 1983 y en la revista Hustler se publicó un anuncio de la bebida italiana Campari, que mostraba  una entrevista ficticia con el pastor fundamentalista protestante Jerry Falwell (1933-2007) con el sugerente título “Jerry Falwell talks about his first time” (en español: Jerry Falwell habla acerca de su primera vez”).

En este anuncio, que abarcaba una página entera de la revista, se usó sin autorización una fotografía publicitaria que contenía la imagen de Falwell, aunque lo más controversial era el texto que completaba el cuadro. Como se adelantó, el mismo consistía en una entrevista ficticia en la que el pastor hablaba de su primera vez, implicando –a través del doble sentido- que tuvo una relación incestuosa con su madre y que incluso bebía antes de ofrecer un sermón. En la última pregunta de la falsa entrevista se daba a entender, muy entre líneas, que se estaba hablando de la primera vez que el “entrevistado” bebió Campari. En la parte inferior de la página, con letras pequeñas se indicaba que todo era una parodia y que no debía tomarse en serio.

Falwell presentó una demanda inicial en la corte del Distrito Oeste de Virginia por (a) difamación, (b) invasión a la privacidad y (c) daño emocional. Atendiendo una petición preliminar por parte de la defensa de Larry Flint se desestimó el  segundo de los cargos señalados. En esta instancia la sentencia rechazó la alegación de invasión a la privacidad, en cambio, otorgó el pago de $150.000 por concepto de daño moral.

Finalmente –luego de sentencia confirmatoria de Corte de Cuarto Circuito-, el caso llegó a la Corte Suprema de Estados Unidos de América, la cual aceptó tramitar el recurso planteado por el demandado. La decisión expedida en 1988, fue unánime y se sustentó en el análisis de los efectos de la casi sagrada Primera Enmienda norteamericana que promulga, entre otras cosas, la libertad de expresión y de discurso.

La Corte Suprema en su decisión analiza un planteamiento de Falwell en el que buscaba limitar el alcance de la primera enmienda en razón de la protección a los ciudadanos ante el daño emocional que les causa una parodia de este tipo, sobre todo cuando la misma es burda e innegablemente ofensiva y grosera. La Corte se negó a aceptar esta premisa, señalando incluso que se podía inferir del contexto de este anuncio que en el mismo no se estaban relatando hechos reales de la vida del pastor.

Entrando en aguas más profundas, el fallo también refiere al efecto que generaría un precedente de indemnización por daño emocional en estos casos, en aquellos que versen sobre caricaturas políticas, señalándose que “no habría duda que los caricaturistas políticos y satíricos estarían sometidos a sanciones por daños, sin que exista prueba alguna que su trabajo difamó falsamente al sujeto”.

No obstante, la Corte también balancea su razonamiento al hacer hincapié en que la Primera Enmienda tampoco es tabla de salvavidas para todo tipo de discursos contra figuras públicas, para lo cual cita el estándar de la real malicia –aplicado en el no menos famoso caso del New York times contra Sullivan-, el mismo que sostiene que para que proceda una acción judicial por expresiones contra una figura pública se debe demostrar que la afirmación se la realizó con conocimiento que la información era falsa o que fue publicada con un temerario descuido para saber si la misma era o no verdadera. Como se aprecia, estos criterios no dejan de ser subjetivos y –como lo sugiere la propia resolución del caso Sullivan- tampoco son fáciles de probar en los juzgados.

En los actuales momentos que en nuestro país hemos podido atestiguar situaciones como los procesos administrativos sobre la interpretación de caricaturas sobre figuras políticas, el uso paródico del personaje Tiko Tiko en el programa del comediante británico John Olliver que se burló de él y del nuestro primer mandatario, resulta enriquecedor mirar hacia fuera para buscar resoluciones en jurisprudencia comparada para aumentar nuestros elementos de análisis, puesto que a fin de cuentas todo esto desemboca en la discusión central sobre el límite a la libertad de expresión. Ya en entrada anterior comentaba sobre otro caso en el que se absolvió a un activista por quemar la bandera de Estados Unidos de América en una protesta, ya que se entendió que estaba amparado por la libertad de discurso consagrada en la ya referida Primera Enmienda. (https://alfredocuadros.com/2014/11/19/sobre-libertad-de-expresion-caso-texas-vs-johnson/)-

Aunque quizás la mayor lección, no jurídica sino humana, que nos da esta historia es que Falwell y Flint –ofendido y ofensor- llegaron con el tiempo a ser amigos. Veamos si los implicados en enfrentamientos análogos en nuestro país podrán llegar a este punto.

Muchas gracias por la visita.

Anuncio publicitario

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s