Los trabajadores y los secretos empresariales.

Imaginémonos que vamos a ingresar a laborar a una compañía que admiramos desde siempre ya que es una multinacional, que lanza productos espectaculares y siempre tiene cobertura de la prensa. Acudimos emocionados a nuestro primer día de trabajo y nos ponen al frente el contrato de trabajo, el cual, al leerlo nos damos cuenta que se nos imponen varias condiciones de confidencialidad que incluyen incluso que no podemos hablar con miembros de nuestro hogar y familia –esposa/o, hijos, primos y demás- sobre lo que hacemos en la empresa.

Aunque suene algo exagerado, este tipo de restricciones es muy común en Apple, tal como se lo señala en el libro “Apple, el legado de Steve Jobs”, de Adam Lashinski, al cual ya me he referido en este blog. En este libro se relata que en Apple no es extraño que de un día para otro se construyan paredes en plenas oficinas, para aislar a ciertos trabajadores que en esos días estarán ocupados con cierta parte de algún nuevo proyecto.

Hay que tener en cuenta que ninguna empresa o emprendimiento es tan pequeña como para no haber generado información propia que le otorgue una ventaja ante sus competidores. Esta información puede ser agrupada y protegida como secreto(s) empresarial(es), que en la actualidad son parte fundamental de todo tipo de negocios, por lo que es esencial conocer cómo protegerlos.

En concreto, el secreto empresarial es aquella información que (1) implica para su titular una ventaja competitiva frente a sus pares en el mercado y que esta se pueda cuantificar, (2) se mantenga en reserva; y, (3) que no sea conocida por los competidores. Para esto, el dueño del negocio primero debe identificar si cuenta con este tipo de información –que es muy posible que la tenga sin percatarse- y, luego, dar pasos concretos hacia dentro y fuera de la empresa que hagan palpable su afán de mantener y conservar la reserva.

Como medida de protección externa del secreto empresarial hay un trámite de registro en el que se debe acudir ante un Notario público y luego ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI), además, que se recomienda que en casos que terceros tengan acceso a la información por cualquier motivo, se realicen acuerdos de confidencialidad seguros.

A nivel interno, también es vital que los trabajadores (sobre todo aquellos que laboran en áreas que manejan información sensible) tengan en claro que no pueden divulgar o utilizar sin autorización los datos a los que tienen acceso en motivo de su actividad. No en vano el artículo 45, letra h) del Código del Trabajo (CT) dispone que una obligación de todo trabajador es el guardar “escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurra, directa o indirectamente,  de los que él tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecuta”.

El CT en su artículo 305 hace especial énfasis a los que denomina “empleado privado o particular”, definiéndolos como los que prestan un servicio de carácter intelectual o intelectual y material en virtud de sueldo, participación de beneficios o cualquier otra semejante de retribución, siempre que los servicios no sean ocasionales. Una de las causas para solicitar terminación de este tipo de contratos es, precisamente, la revelación de secretos o hacer divulgaciones que ocasionen perjuicios al empleador (Art. 310.1 CT).

Entonces, la revelación o uso sin autorización del secreto empresarial es causal de visto bueno, que puede ser encuadrada en la causal tercera del artículo 172 del CT, esto es, por falta de probidad o conducta inmoral. Por otra parte, dada ciertas circunstancias, incluso podría acarrear responsabilidad penal para el trabajador que lo divulgue.

Pasos puntuales que se pueden dar para la protección del secreto empresarial con los trabajadores son:

  • Incluir en el Reglamento Interno de trabajo una norma que señale la obligación de guardar la reserva y además, catalogarla como falta grave (en este caso también puede ser invocada la causal segunda del citado artículo 172 del CT en un visto bueno).
  • Celebrar en documentos separados con los trabajadores acuerdos de confidencialidad en los cuales se realice una explicación detallada de los efectos que implica la vulneración de esta obligación.
  • Dar permanentes charlas y capacitaciones sobre la importancia de la reserva y la confidencialidad de la información.

Como conclusión, el secreto empresarial cada día está más presente en toda actividad comercial, por lo que es necesario que cada persona dentro de la empresa conozca su relieve y la importancia de mantenerlo en reserva ya que esto asegura su valor.

Gracias por la visita.

 

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