De manera general, durante una declaración, los abogados empleamos las objeciones para evitar que una determinada situación (que puede ser una pregunta, una respuesta o hasta una conducta impropia), no sea considera por el juez al momento de resolver. Es una especie de arma con la que se procura dejar fuera del proceso una actuación.
Ahora bien, en la práctica existen ciertos tips que nos ayudarán a tener mejores posibilidades de “salirnos con la nuestra” ya sea al plantear una objeción o al defenderla.
Por ello, pasaré revista rápida a estos tips. Dividiré los mismos de la siguiente forma: (1) tips para plantear objeciones; (2) tips para contestar una objeción; y, (3) tips para aplicar luego de resuelta la objeción. Debo hacer mención que me enfocaré en las objeciones a las preguntas.
1.- Tips para plantear objeciones.
Lo primero es tener clarísimo el tipo de objeciones que se pueden lanzar. Recordemos que el articulo 176 del COGEP, primer párrafo, nos proporciona un listado no cerrado de las objeciones que podemos hacer a determinadas preguntas, entre las que se señalan expresamente:
- Las que acarrean responsabilidad penal al declarante.
- Capciosas.
- Sugestivas.
- Compuestas.
- Vagas.
- Confusas.
- Impertinentes.
- Hipotéticas por opiniones o conclusiones.
Recordemos -aunque sea muy reiterativo- de que no son las únicas objeciones (el propio COGEP lo aclara al decir que las “partes podrán objetar de manera motivada cualquier pregunta, en particular ….), por lo que sobre todo en derecho comparado encontramos otras como las preguntas repetitivas que ya han sido contestadas, las referenciales -conocidas como hearsay en el sistema anglosajón-, argumentativas, entre otras.
La clave es tener todos estos conceptos muy bien identificados en nuestra mente para detectar una pregunta del abogado contrario que caiga en el terreno de objeción.
Ahora que hemos identificado la objeción toca expresarla ante el juez. ¿Cómo hacemos esto? También la técnica nos da pautas prácticas:
- Expresar con voz fuerte, sin llegar al grito ni a la exageración, que objetamos la pregunta. Son válidas las formas “!Objeto!”, “Objeción”.
- Se sugiere ponerse de pie al momento de objetar para hacernos notar. Claro que en el contexto de las audiencias telemáticas esto no sería aplicable. Si estamos en audiencia presencial podemos aplicar estas variantes: (1) ponernos de pie y luego decir que objetamos; (2) primero decir que objetamos y luego nos ponemos de pie; o, (3) hacer todo al mismo tiempo.
- La objeción debe ser fundamentada. Me pasaba mucho al inicio de que para argumentar la objeción me ponía a recitar todas las razones por las que creía que esa pregunta debía ser rechazada, lo que devenía en unas mini alegaciones demasiado largas para ese momento. En realidad no hay necesidad de ser muy tedioso ni extenderse en explicaciones, basta en la gran mayoría de los casos decir: “Objeto. Pregunta sugestiva”, o alguna otra fórmula similar.
- Un tema importante es recordar que las objeciones se plantean, se discuten y se resuelven a través del juez. La objeción no debe ir dirigida ni al abogado ni al testigo contrario. Al plantear la objeción debemos tan solo mirar al juez y dirigirnos a él.
2.- Tips para contestar objeciones.-
Nos pasamos a la vereda contraria. Imaginemos que estamos en una audiencia a la que llamamos a un testigo que va a declarar situaciones en favor de nuestra teoría del caso; al inicio todo va bien, todo va fluyendo con naturalidad, hasta que escuchamos que el contrario hace una objeción. ¿Qué podemos hacer en ese momento? También hay tips aplicables:
- La más básico es tratar de no caer en una pregunta objetable. Una preparación exhaustiva de nuestros interrogatorios (para las partes, testigos, peritos) minimizarán la posibilidad de que el contrario nos objete preguntas o, al menos, que el juez le conceda alguna objeción.
- Algo que me ha servido mucho en lo personal es visualizar las posibles objeciones contrarias y tener preparada una eventual respuesta. Mientras preparamos nuestro caso, ya podemos prever que ciertas preguntas pueden ser objetadas, lo que nos permitirá ir pensando el argumento de contestación para el momento debido.
- No perder la calma mientras el contrario hace la objeción. Entre otras cosas, no podemos mostrarnos irascibles o sorprendidos -después de todo es un juicio, es muy previsible que existan situaciones de controversia y conflicto-.
- Luego de escuchar la objeción nos toca el turno de contestar. Debemos hacer notar al juez que queremos contestar la objeción, para que no la resuelva antes de escuchar nuestras razones por las que consideramos que la pregunta debe permitirse. No es recomendable interrumpir al contrario para crear una confrontación, sino más bien, escucharlo y mirar al juez (me ha servido alzar la mano) para que nos conceda la palabra.
- Una vez más, la contestación de la objeción se la dirige al juez. No debemos mirar al contrario mientras contestamos la objeción, todo se hace a través del juzgador.
- La contestación de la objeción debemos darla también de forma rápida, para que el juez note que dominamos el tema. Lo mejor es realizarlo con un tono de voz firme, seguro, sin gritar ni elevar demasiado la voz.
3.- Tips para luego de la resolución de la objeción.
En este momento imaginemos que el juez contesta la objeción. Sea que lo haga a favor o en contra nuestra, es muy, muy importante, no mostrar mayor reacción. Debemos seguir como si no hubiese pasado mayor cosa con nuestra tarea a mano, sea continuando nuestro interrogatorio o sentándonos a escuchar la declaración del testigo.
Analicemos estos escenarios. Es poco profesional y puede ser hasta antiético hacer gestos de celebración, burla o de provocación si nos conceden la objeción. Recuerdo alguna vez en una audiencia que un colega contrario luego de que el juez me dio la razón en dos objeciones, en una tercera ocasión me la negó, por lo que me volteó a ver con una media sonrisa moviendo su cabeza con un gesto que se lo puede describir como de “sobradez”. Por otro lado, en cambio, si nos niegan la objeción y reaccionamos mal -golpeando la mesa, lanzando un papel, o de una forma que se note nuestra contrariedad-, el juez y las demás personas en la sala, pensarán que acabamos de perder un punto crítico para nuestro caso, por lo que llamaremos la atención a un punto débil.
F. Lee Bailey (de quien he hablado mucho en este blog) recomienda incluso agradecer cualquier respuesta del juez. En la práctica uso mucho una simple aceptación con la cabeza ante toda resolución del juez en audiencia.
En fin, esto es todo lo que comparto sobre las objeciones a las preguntas, esperando que les sea útil.
Gracias por la visita.