Hasta los no fanáticos del baloncesto -entre los que me incluyo- conocemos quién es Michael Jordan y, sobre todo, los considerables logros deportivos obtenidos a lo largo de su carrera como atleta activo. En estos días su nombre ha sido mencionado en noticias que no tienen que ver con estos logros, sino por un reclamo sobre la propiedad intelectual en una fotografía que captó su imagen.
La fotografía en cuestión fue lograda por Jacobus Rentmeeste y la misma capta – en el caso que no conozcan la historia- a Jordan haciendo uno de sus famosos clavados. Esta fotografía (conforme lo alega el fotógrafo) sirvió de base directa para realizar el que vendría ser el diseño de uno de los logos más reconocidos por propios y extraños del calzado deportivo.
Según he podido leer un poco, la imagen tomada por Rentmeeste fue publicada primero en la revista Life a cambio de $150. Luego, la fotografía fue «recreada» por quienes estaban trabajando en el diseño de la marca para los zapatos Air Jordan I. El asunto es que no usaron la misma fotografía por temas de copyright, sino que -conforme lo indicado-, recrearon el momento en un estudio, para lo cual Michael Jordan realizó varias de sus célebres clavadas, esta vez equipado con los colores de su equipo los Chicago Bulls. De acuerdo al relato, la imagen seleccionada fue una en que parecía que Jordan estaba haciendo ballet.
Un buen resumen sobre la historia de la imagen se puede encontrar aquí http://ballislife.com/origin-of-jumpan-jordan-logo/.
En estos días trascendió que el fotógrafo ha presentado una acción legal en contra de Nike por el uso del diseño de marca conocida como el «jumpman» que dibuja la silueta de Michael Jordan, la cual se ha convertido en una de las más distintivas de la indumentaria deportiva, llegando incluso a solicitar que se prohíba la comercialización de la mercadería identificada con la señalada marca.
El paso del tiempo, ciertos pagos realizados en su momento por Nike, son elementos que en su momento la autoridad pertinente tendrá que tener en cuenta.
Este caso seguro generará debate, si lo vemos con detenimiento tiene muchos ingredientes: (a) el derecho del copyright sobre la foto original que es del primer fotógrafo; (b) determinar si la foto recreada por Nike constituye o no una reproducción que debió ser sometida a autorización; (c) si el diseño de la marca se basa directamente en la fotografía inicial; finalmente (d) si la razón le asiste al fotógrafo.
Entretanto, veremos quién una vez que suene el pitaso final se alzará con la victoria.