(Escribo esta entrada aún con la conmoción del nuevo temblor acaecido en Ecuador, el cual lo sentí de una manera terrible, puesto que me sorprendió mientras estaba en mi despacho, situado en un noveno piso, donde como nunca antes –literal- me sentí mareado ante el vaivén que ocasionaron los movimientos.)
Este post encuentra su razón de existir en una noticia que fuera publicada el pasado sábado 14 de mayo de 2016 en el diario El Comercio bajo el titular “La Secom registró en el IEPI la información pública que produce”, lo cual despertó mi curiosidad puesto que sabía desde el primer momento que iba a ser material de análisis para este blog. (http://www.elcomercio.com/actualidad/secom-registro-iepi-informacionpublica-ecuador.html )
En primer lugar una crítica al medio de comunicación, dado que –sobre todo- en el párrafo inicial de la nota encontramos varias imprecisiones, a saber:
- Este párrafo reza: “El nombre de la Secretaría Nacional de Comuniación (Secom) está registrado como una marca en el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI). Y de esta forma, bajo el marco de los derechos de autor, las producciones que elabora con recursos públicos sobre el Mandatario, por ejemplo, se encuentran “protegidas”.
Observaciones:
- Se realiza una mezcla entre los derechos marcarios y los derechos de autor. Me explico mejor: el hecho que se registre el nombre de una determinada entidad pública como marca, no tiene que ver con los registros sobre las obras y otras prestaciones protegidas, que están reguladas por el derecho de autor.
- La marca tiene que ver con el régimen de la propiedad industrial y, como se conoce, confiere a su titular el derecho al uso exclusivo en el comercio –con limitaciones, claro está- por un tiempo de diez años que pueden ser renovados de manera indefinida. El derecho de autor, por su parte, tiene que ver (reitero) con la protección de las obras.
- Para proteger una marca se necesita una resolución que la apruebe, mientras que una obra basta que sea creada para que sea protegida.
- Por esto, entre la primera y segunda oración que conforman este párrafo se advierte un desconocimiento de las normas básicas de la propiedad intelectual y los diferentes regímenes que amparan diversos bienes inmateriales, ya que el hecho que se obtenga el registro de una marca, no tiene mayor con la protección de otras obras que vendrían a ser las “producciones” que elabora la Secom.
Resulta un poco chocante que un medio tan grande como El Comercio haya incurrido en este tipo de errores, cuando debió al menos buscarse un criterio de un especialista para una asesoría sobre la precisión de términos que tienen que ver con un área tan focalizada como es la propiedad intelectual, teniendo en cuenta el gran número de lectores del diario.
Dicho esto, voy al segundo punto que lo considero más importante. En el texto de la noticia se indica que el titular de la Secom, Patricio Barriga, ha señalado que lo que se busca con estos registros y protección jurídica es que “Como instituciones del Estado es nuestra obligación garantizar que derechos fundamentales a la dignidad, buen nombre, imagen, honor, sean protegidos; también los derechos de propiedad intelectual” (sic).
Es decir, la Secom busca que mediante el amparo de la propiedad intelectual –entre otras cosas- se evite el “uso indebido de imágenes y videos” (sic), todo esto a propósito de la aplicación “mashimachine”, sobre la cual ya he hablado en dos ocasiones en este blog. (https://alfredocuadros.com/2016/05/01/la-mashimachine/ )
En el reportaje se resalta que la Secom ha presentado reclamos a Twitter a unas 14 cuentas que de acuerdo a la posición de la institución vulneraban los derechos de autor y, además, la nota termina señalando que “Según la Secom hay aplicaciones en los portales, que pueden generar “conmoción” en la gente, que no conozca que se trata de ficción, de algo editado. En los portales se recuerda que es material de uso público y gratuito”.
Con estos antecedentes, unas breves reflexiones:
- El hecho de registrar a la Secom como marca, en realidad no debería llamar mucho la atención. El registro no significa de ninguna forma que nadie más podrá usar la referida denominación en algún contexto o para emitir alguna crítica, comentario o juicio.
- Si la intención de la Secom es tratar de invocar las normas de propiedad intelectual para proteger el uso de todo o parte de los videos de las famosas sabatinas que son casi una marca registrada de este gobierno –me salió fina la ironía-, en mi criterio hay un error de conceptos muy grande.
- Los espacios de la sabatina no son de uso libre por el hecho de ser financiadas con fondos públicos –aclarando que a partir de ahora se ha señalado que las mismas continuarán con donaciones y aportes privados-, sino mas bien por la propia propiedad intelectual. Los discursos e intervenciones del presidente en estos espacios son objeto de protección por el derecho de autor es verdad, sin embargo, se permiten ciertos usos de estos por terceros en razón de fines superiores, conforme el propio sistema lo permite (insisto, para esto, los invito a leer esta entrada https://alfredocuadros.com/2016/05/01/la-mashimachine/ ).
Es más que evidente que al hablarse de aplicaciones que pueden generar “conmociones” se están refiriendo a la tan invocada “mashimachine”. Más allá de cualquier análisis bajo la lupa del derecho de autor, debe tenerse en cuenta que la ´”mashimachine” está ahí para todos los ciudadanos: mujeres, hombres, niñas, niños, jóvenes, adolescentes; y, sobre todo, tanto para opositores y defensores del régimen, por lo que estos últimos bien la pueden utilizar para expresarse en favor del gobierno; es decir, está disponible para cualquiera que tenga una conexión a internet y un dispositivo que le permita tener acceso, por lo que se llega a la conclusión que más que la aplicación en sí misma, lo que ha molestado es el uso mayoritario que se la ha dado.
Como cierre de esta entrada no me queda más que agradecer en estas líneas a mi colega Fabrizio Peralta, gran abogado cuyo criterio jurídico respeto mucho, que en más de una ocasión me ha pedido en redes sociales que toque estos temas que tienen que ver con la propiedad intelectual.
Gracias por la visita.