De manzanas y escarabajos: Samsung vs. Apple llega a la Corte Suprema

Una de las apariencias más distintivas de toda la historia en la industria automovilística la tiene el Volkswagen Beetle (el famoso escarabajo, aunque en mi niñez se me asemejaba más a una tortuga), cuyos modelos han cautivado millones de conductores alrededor del mundo durante muchos años. En Ecuador incluso hay un club de fanáticos coleccionistas que se reúnen cada cierto tiempo para compartir su afición. Sin embargo planteo una pregunta: ¿alguien compraría uno de estos escarabajos solo porque lo ven bonito, a pesar que se tratara de un vehículo particular que no funcionara?

Duda similar se han planteado los Jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos de América , al escuchar el pasado 11 de octubre los argumentos de los abogados de Samsung y Apple en lo que comprende un capítulo más de la extensa –y más conocida- batalla judicial entre estos gigantes tecnológicos.

Para tener claro los hechos es necesario traer a colación los antecedentes del caso:

  • En el 2011 Apple demandó en los Estados Unidos de América a Samsung por señalar que su celular Galaxy copiaba sin autorización la tecnología y la apariencia distintiva del iPhone, que estaba protegida por patentes y vía marcaria. (Debo recordar que de acuerdo a la legislación del país del norte, existen patentes de utilidad para los inventos, las patentes de diseño, para la parte ornamental de los productos; y, las patentes de vegetales).
  • En primera instancia, en el año 2012, el jurado determinó que Samsung infringió las patentes de diseño de Apple y por ello dispuso una condena de 930 millones de dólares.
  • En apelación, la Corte de Apelaciones del Circuito Federal de Washington ratificó la parte medular el fallo de primera instancia, aunque lo modigeró rebajando la condena a $548,2 millones, al determinar que no podía concederse al iPhone la protección marcaria que Apple buscaba.
  • Samsung busca que la Corte Suprema reduzca $399 millones de dólares de la condena ordenada en instancias inferiores.

La discusión se ha centrado en tres cuestiones específicas: (1) la apariencia externa frontal del iPhone, que es rectangular con esquinas redondeadas –recomiendo leer la biografía oficial de Steve Jobs escrita por Walter Isaacson para tener una idea de la obsesión de Jobs con los diseños de este tipo-; (2) la parte posterior del smarthphone; y, (3) el botón circular de “home” que lleva al usuario al menú central.

Samsung ha llevado su argumento hasta la Corte Suprema de aquel país –que como dato interesante no ha conocido de juicios de patentes en más de un siglo -, tratando de plantar la idea que la condena en daños debe limitarse, con el razonamiento que no se puede fijar daños tomando como base el valor total de un equipo celular (lo que equivaldría a perder todas sus ganancias por la venta del producto), sino tan solo una fracción del mismo, puesto que las patentes de diseño objeto de debate tan solo comprenden una parte del iPhone.

Es en este escenario que según los reportes de prensa, los propios jueces integrantes de la Corte Suprema han traído a colación en varias ocasiones durante la audiencia el ejemplo del modelo de escarabajo del Volskwagen, preguntándose hasta qué punto la apariencia del vehículo influye en el conductor para su compra. Los jueces también han señalando que si bien es cierto la apariencia de un producto puede ser factor decisivo para que el consumidor lo adquiera, nadie estaría interesado en un artículo que se vea bien pero que no funcione, como lo fuera , por citar un caso, un vehículo escarabajo que solo ruede un kilómetro por un tanque lleno de combustible.

En esa misma línea, los abogados de Samsung esgrimen que no puede sancionarse a la compañía quitando la totalidad de las ganancias, puesto que las patentes de diseño del iPhone que se consideran infringidas constituyen un aspecto secundario del teléfono que a fin de cuentas es un artilurgio complejo con miles y miles de patentes de invención y diseño. Por su parte, los abogados de Apple han señalado que el iPhone en sí mismo es el artículo a proteger, y que todas las patentes que lo conforman son fundamentales, por lo que la condena no debe reducirse.

Según ha trascendido en la prensa, el Juez John Roberts mencionó en la audiencia que al estar el teléfono protegido con patentes de diseño, estas abarcan la parte externa del equipo, no los chips ni los cables interiores, por lo que sería infundado conceder una condena que tome como referencia el precio completo del teléfono.

Como dato a tomar en cuenta, se ha señalado que los jueces han reconocido la dificultad que tiene el caso para aplicar una fórmula razonable y justa para calcular los daños basados en diseños en cualquier producto que contenga un sinnúmero de patentes, incluso han afirmado que si fueran jurados no tendrían una idea clara para hacerlo. En la jurisprudencia norteamericana es común encontrar la aplicación de fórmulas o “tests” para decidir los casos, siendo uno de los  paradigmáticos el test de la real malicia aplicado a partir del caso del New York Times contra Sullivan, por lo que en la causa de Samsung contra Apple tratarán de fijar un test que sea aplicado para casos venideros. Hay que notar que en este escenario de la Corte Suprema, Samsung ya no discute si infringió o no las patentes de Apple –tema que ya parece superado- sino únicamente se trata reducir la cantidad ordenada a pagar en sentencia, con fundamento en que solo existiría infracción sobre unos componentes visuales externos del iPhone, no de todo el teléfono.

Se espera que exista una decisión hasta antes del mes de junio del próximo año. Sobre decir que muchos estaremos pendientes del resultado.

Si desean leer las noticias las pueden encontrar aquí:

http://www.theverge.com/2016/10/11/13241446/samsung-vs-apple-supreme-court-design-patents

http://www.reuters.com/article/us-usa-court-iphone-idUSKCN12A16A

Gracias por la visita.

 

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Los tiburones de Katy Perry.

Los espectáculos programados para el medio tiempo en los partidos del “Super Bowl” estadounidenses son de los más peleados por la industria, por lo que aventuro que no sería descabellado pensar que al artista seleccionado se le agrega una presión extra para realizar una presentación que destaque del resto que se han dado en ediciones anteriores.

Varias postales para el recuerdo ha dejado la última competición del “Super Bowl” –parece que más se habla de la publicidad, los famosos que intervienen, actuaciones, menos del partido en sí mismo-, en particular la actuación de Katy Perry: desde verla compartiendo escenario con Lenny Kravitz y Missy Elliot, hasta apreciarla subida en un enorme animal (¿león?) volando por los aires, y por supuesto, los tiburones danzantes, los cuales, dicho sea de paso, inspiraron un desfile de memes.

Al ver las fotos y videos de estos tiburones bailarines vemos que son básicamente personas metidas en un disfraz, que intentaron hacer su mejor esfuerzo al bailar en sincronización mientras la artista interpretaba su canción, mientras estaban enfundados en aquellos trajes que no lucen nada sofisticados. El efecto que se quería lograr –imagino- con esta particular puesta en escena no era el de realismo sino, caricaturesco.

El asunto no hubiese pasado a ser más allá de una anécdota si es que no se hubiera conocido la noticia que un reclamo extrajudicial realizado por los abogados de Katy Perry a un residente de Orlando llamado Fernando Sosa, quien obtiene ganancias realizando esculturas en tercera dimensión en su mayoría con temas políticos según reportan los portales de internet (http://cnnespanol.cnn.com/2015/02/05/katy-perry-manda-a-sus-abogados-en-defensa-del-tiburon-del-super-bowl/). Resulta que este señor Sosa vio una oportunidad de negocios al ofrecer vender en línea estos tiburones, usando directamente aquellos que acompañaron en la coreografía a Perry, negocio que, siempre según el portal citado, ya estaba generando ciertos réditos.

Los abogados de Perry, cual (está bien, lo diré, a pesar que soy abogado y no me gustan estas comparaciones, pero es imposible no hacerlo en este caso) tiburones, enviaron la correspondiente carta de cese de uso advirtiendo: “Nuestra cliente (Perry) recientemente tuvo conocimiento que usted está involucrado en la manufactura, venta, comercialización y distribución de esculturas de un tiburón que apareció en el medio tiempo del Super Bowl, así como de que ha vendido el producto en su sitio.”.

La respuesta de Sosa –luego de verificar la autenticidad de la carta- fue inmediata, dejó de ofrecer el producto e incluso reembolsó el valor pagado a aquellas personas que lo habían adquirido.

Más allá de toda esta historia, en mi opinión jurídica y personal, considero que este asunto bien puede ser catalogado como una pretensión desmedida por parte de quien reclama estos derechos y son estas situaciones las que generan muchas veces cuestionamientos a la propiedad intelectual, porque se perciben en la comunidad como un obstáculo para el público, cuando el régimen debe tener como guía fomentar nuevas creaciones. Desconozco si los tiburones en cuestión, mejor dicho, su apariencia puntual ya esté (a) registrado como marca por parte de la gente de Katy Perry, (b) esta apariencia no me parece diferenciadora –creo que hasta a la vuelta de mi casa puedo conseguir disfraces similares para cualquier fiesta infantil- como para reclamar protección por la vía del diseño industrial, y además de esto, (c) por derecho de autor dudo mucho que se pueda prohibir el uso de conceptos similares para usos comerciales.

Fernando Sosa prefirió bajar la guardia y evitar cualquier problema; sin embargo, no deja de llamar la atención su sarcástica respuesta: “Bueno, parece que los dictadores y los líderes mundiales como Putin y Kim Jong Un o Chris Christie son mucho más accesibles”.

Gracias por la visita.